¿Por qué debería de haber alguna ley que criminalice el desnudo? En efecto no la hay desde que mediante la Ley Orgánica 5/1988 se abolió el delito de escándalo público del Código Penal, para ajustarlo a nuestra Constitución.
Pero el hecho de que no esté prohibido no hace que la gente vaya desnuda habitualmente, como habrás observado. El nudismo es una ideología, cualquier nudista lo es sin tener que estar desnudo, es una forma de vida y de percepción de la desnudez. La Constitución dice que los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La libertad de expresión incluye al cuerpo humano, como ha declarado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y por tanto está protegida por el artículo 10 del Convenio.
El principio de legalidad, reflejado en el 25.1 de la Constitución, nos dice que todo lo que no está prohibido por ley está permitido. Tras haber sido eliminadas las normas basadas en una moral en concreto, de nuestro ordenamiento (el delito de escándalo en el CP y la policía de moralidad en la Ley de Costas, por citar ejemplos) ninguna autoridad puede reprimirte sin una ley que lo permita en la mano.
En la práctica algunos (muy pocos) ayuntamientos han emitido ordenanzas ilegales prohibiendo o regulandolo sus playas, y el Tribunal Supremo ha dictaminado que los ayuntamientos pueden incluir esto en sus ordenanzas basándose en que el Naturismo (según el Supremo) no sería una ideología (que es el argumento que utilizó la Federación Española de Naturismo en su demanda), y al no ser una ideología no estaría reservada a Ley su regulación (artículo 53.1 de la Constitución) por lo que un ayuntamiento podría intervenir. Pero aunque así fuera (es decir, que no fuera una ideología, aunque es obvio que sí lo es), posteriormente en otra demanda presentada contra el estado Británico, en esta ocasión basándose en la Libertad de Expresión, el Tribunal Europeo de DDHH ha resuelto que la libertad de expresión incluye el cuerpo humano y por tanto no puede reprimirse la desnudez por meras ordenanzas. Este Tribunal está por encima de el Supremo.
En resumen: entérate si hay alguna ordenanza en el municipio que prohíba o limite a unas playas la desnudez si quieres evitar líos. Si no te importan los líos y te multan sería fácil ganar con la sentencia del Europeo en mano. Si quieres pasar un día entre más personas desnudas sin meterte en líos, visita una web en la que se listen playas de tradición nudista (esta es la mejor). Y eso sí, haz top-less en todos los lugares de baño, incluidas piscinas, pues la igualdad hombre-mujer en este caso sí es muy clara y es raro que haya problemas con esto.