Publicado en El Norte de Castilla por Sansón

NOTA DE PRENSA FEN.

Hoy día 18 de noviembre el vallisoletano y presidente de la FEN (Federación Española de Naturismo), Ismael Rodrigo, entregaba en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia en la que dejó casi intacto el Tribunal Castellano-Leonés el punto 16.6 de la «Ordenanza Municipal de Protección de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Actuaciones Antisociales del Ayuntamiento de Valladolid».

El artículo 16.6 establecía la prohibición del uso del bañador y de la desnudez total o parcial en los espacios públicos del término municipal de Valladolid.

El recurso se basa fundamentalmente en los fundamentos de derecho de uno de los magistrados sentenciadores (que discrepa mediante voto particular), magistrado que da la razón a la FEN y deja en evidencia la falta de argumentos de derecho de la Sentencia. Se trata del magistrado Don Agustín Picón Palacio.

El único argumento del Tribunal es un mero juego de palabras:
“En absoluto el precepto controvertido está imponiendo una u otra forma de vestir. Lo que precepto prohíbe son formas de no vestir”.
De este argumento se deduce que el Tribunal está de acuerdo en que el Ayuntamiento no puede imponer formas de vestir, pero sí formas de no vestir, como si se tratara de cosas diferentes y no sólo de un punto de vista como el de ver la botella medio llena o medio vacía. Con ese argumento se puede admitir que un Ayuntamiento puede prohibir la minifalda, si la entiende como “forma de no vestir”. No olvidemos que el Ayuntamiento no se limita a prohibir la desnudez total, sino que lo amplía a la semi-desnudez y al uso del bañador. El Tribunal manipula el sentido de la ordenanza al entender que esta ordenanza en realidad está prohibiendo que la gente entre en bañador a bibliotecas públicas o acuda a bodas civiles o religiosas (espacio este por otra parte privado) vestidos inadecuadamente.

El magistrado discrepante y la FEN entienden que esta sentencia viola la reserva a Ley Orgánica de cualquier limitación de derechos fundamentales como los que protege el artículo 16 de la Constitución, que el Tribunal cercena limitándolos a los de índole religiosa y excluyendo los de carácter ideológico, para lo cual llega a manipular repetidas veces la Sentencia del Supremo del 14 de febrero de 2013, eliminando en sus citas las molestas libertades ideológicas.

Además la Sentencia dice textualmente: “la expresión «salvo que cuente con autorización expresa del Ayuntamiento» debe ser anulada.”. El TSJCyL establece que un ayuntamiento puede prohibir la desnudez y la semidesnudez, pero ¡no puede autorizarla!, y ello ¡porque sería inconstitucional!, así, sin más. Textualmente dice:
fuera de este supuesto [el de manifestación] el ayuntamiento no puede autorizar a las personas a estar desnuda o semidesnuda en los espacios y vías de uso público, pues carece de competencia para ello y además vulneraría la Constitución Española”.
Es decir en Valladolid se puede circular en desnudez si se hace en el marco de una manifestación (ejemplo la ciclo-nudista anual que cuenta con muchos seguidores en Valladolid), pero no se pueden autorizar actos por ejemplo artísticos como las sesiones de fotografía tipo Tunick, o ni siquiera filmar un anuncio sobre bañadores, ya que si el ayuntamiento lo autorizara incurriría nada menos que inconstitucionalidad.
Si algún día se hace un concurso de miss-algo en Valladolid en un lugar público, el ayuntamiento no lo podrá autorizar si incluye un pase en bañadores ya que sería incostitucional.

El presidente de la Fundación Internacional de Derechos Humanos, Jaume d’Urguell ha manifestado su honda preocupación por esta Sentencia, y analizará las vías legales para adherirse a la demanda de la FEN. El presidente de la FEN, Ismael Rodrigo, imparte mañana martes a las 18:30 una clase magistral sobre este tema dentro del máster de Derechos Humanos que comienza hoy en la Universidad Complutense de Madrid.

Presentado recurso de Casación contra la Sentencia de Valladolid
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2 pensamientos en “Presentado recurso de Casación contra la Sentencia de Valladolid

  • 19 noviembre, 2013 a las 12:54 am
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    La Sentencia del TSJCL es realmente patética para cualquier persona con sentido común aunque no tuviese conocimientos jurídicos. El Voto Particular de uno de los Jueces contra esa Sentencia es una chispa de inteligencia, de respeto a la Constitución y derechos civiles, y de esperanza de una justicia INDEPENDIENTE de la moralina conservadora y de supuestos principios religiosos ilegales.

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  • 19 noviembre, 2013 a las 1:00 am
    Enlace permanente

    La lucha de la FEN contra la criminalización de la desnudez es una necesidad y un orgullo para mí. Animo Ismael con la lucha que presides por nuestro derecho al nudismo.

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